De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.21.4.9 del Decreto 648 de 2017, los informes de ley que deben presentar los jefes de las oficinas de control interno o quien haga sus veces, son reportes obligatorios que estas oficinas deben generar y remitir a las autoridades competentes sobre diversos aspectos del funcionamiento y control de las entidades públicas.

La presentación de estos informes tiene como objetivo principal proporcionar información sobre el estado del sistema de control interno, la gestión y el cumplimiento normativo de la entidad. Esto permite a las autoridades competentes y a la ciudadanía en general tener una visión clara sobre el desempeño y la transparencia de las entidades públicas.